Monday, 6 November 2017

Reciprocidad Jubilatoria Cajas Profesionales De Forex


Jubilacin por reciprocidad Reciprocidad entre Cajas La reciprocidad jubilatoria es un ldquoenlacerdquo entre distintos organismos, permiten que todo lo largo de su carrera un profesional unifique los pagos Jubilatorios en diferentes organismos y acceda a su jubilacioacuten. Pueden acceder a la jubilacioacuten por reciprocidad todos los profesionales que tienen aportes en distintas Cajas (Anses, Cajas Provinciales, Cajas Profesionales). Sugerimos que los profesionales que cuenten con los aportes en los maacutes de un organismo consulten en el aacuterea previsional de la caja antes de iniciar su tracción de jubilacioacuten una aleta de comenzaron de la manera conveniente, con un amplio asesoramiento, de la manera de poder hacer uso de este beneficio . Para consultas personales sobre este tema, comunicarse a previsionalcajaingros. ar Beneficios exclusivos de la Caja Caja de Previsiones Sociales de los Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Santa Fe - 2a circunscripcin Mendoza 1520 / (0341 - 525-9600) comunicacioncajaingros. arEn este Sitio podr encontrar la Resolución 363/81 que establece el sistema de Reciprocidad Jubilatoria entre las Cajas que han ratificado el Convenio, entre las cuales se encuentra la Caja de Previsión y el Seguro Mdico de la Provincia de Buenos Aires. El mismo establece la reciprocidad entre las Cajas de profesionales y el SIJP Nacional, Cajas estatales de Provincias y Municipios. El rasgo fundamental de este mecanismo de recuadro de servicios, está dado en el pago de la Jubilación Ordinaria, o Pensión derivada de ella, concurre cada una de las Cajas participantes, en la medida que la correspondencia en virtud de lo aportado en ella Y del haber vigente en su propio rgimen. Tanto la Caja otorgante como los participantes, se responsabilizan exclusivamente por el pago en el tiempo de haber que corresponda a cada uno. Los primeros pagos de beneficios se realizan a sus titulares o apoderados, en cualquier Sucursal del Banco de la Provincia de Bs. As. Bajo la modalidad Pago Ticketera abierta, disponiendo de 30 de los corridos para su cobro, debes presentarte ante dicha Entidad con su DNI. Cada beneficiario puede consignar un artículo para su nombre en el formulario antes de que se establezca la apertura de una cuenta de apertura de cuenta para el número de TITULAR, para lo que es necesario enviar a la Caja de Mdicos un Poder extendido ante Escribano Pblico o en su Defecto, la Caja extiende una Carta Poder, sin costo alguno, debiendo presentarse con la persona que diseñó, en la Delegación de su Distrito, los muertos del documento de Identidad (DNI LE LC) de cada uno. Los pagos sucesivos, se realizan a travs de depsitos en las cuentas electrnicas del Banco Provincia, los efectos que los beneficiarios analizan los costos por los cajeros automticos, debiendo los mismos elegir la sucursal en la que se radica las cuentas, completando el formulario Taln eleccin Lugar de cobro Para la incorporación de una persona Autorizada en dicha cuenta, la misma se gestiona antes de la Sucursal donde está radicada la cuenta Caja de Ahorro-Bapro Ahorro-, mediante autorizacin expresa del titular de la presentacin de Poder suscripto ante Escribano Pblico. La Entidad Bancaria, proceder a gestionar un adicional de tarjeta VISA DBITO. El servicio de Banca Electrónica Personal brindar la posibilidad de operar en la totalidad de los Cajeros Automáticos que dispone de la Red propia del Banco Provincia (BAPRO) sin costo alguno. De optar por no retirar sus compras por cajeros automticos, podrn hacerlo por ventanilla, en una sola oportunidad. Importante: Efectos del Incumplimiento a los Aportes de Ley. Vencidos los plazos previstos para el pago de los aportes de ley, quedarse automáticamente en la mora, suspender en todas las prestaciones que solicitamos por contingencias generadas en hechos ocurridos desde la mora hasta el cumplimiento de su obligación. El cumplimiento sobre el efecto con respecto a las contingencias que se generan a partir del mismo y las preexistentes, pero las cuyas consecuencias se extienden despues del pago. En este caso del ltimo, la prestacin que corresponden se abonan a partir del cumplimiento de los pagos por parte del afiliado. Reciprocidad jubilatoria Descripcin Aspectos generales de la reciprocidad jubilatoria. Concepto, caracteres y sistemas. La reciprocidad jubilatoria como instrumento de la seguridad social. Sistemas de reciprocidad. La reciprocidad jubilatoria en la Repblica Argentina, en Amrica Latina y en Europa. La reciprocidad jubilatoria en las Constituciones nacionales y provinciales. El rgimen de reciprocidad como estatuto federal. Regímenes de reciprocidad jubilatoria. Decreto-ley 9316/46. Resolucin SSS 363/81. Ley 25.629. Convenio 49/2005. La reciprocidad jubilatoria internacional. El Derecho Convencional Internacional de la Seguridad Social. Los convenios suscriptos por la Repblica Argentina. Principales caractersticas tcnicas de los convenios internacionales. La codificacin de la reciprocidad jubilatoria. Lineamientos para la codificación de la reciprocidad jubilatoria. Ms detalles darr Proacutelogo, por Bernabeacute Lino Chirinos, paacuteg. 9 Introduccioacuten, paacuteg. 15 PRIMERA PARTE - ASPECTOS GENERALES DE LA RECIPROCIDAD JUBILATORIA CAPIACUTTULO I - CONCEPTO, CARACTERES Y SISTEMAS A) La reciprocidad jubilatoria como instrumento de seguridad social, paacuteg. 23 1. Concepto, paacuteg. 25 2. Caracteres, paacuteg. 26 a) Instrumental, paacuteg. 26 b) Legal, paacuteg. 31 c) Necesario, paacuteg. 32 d) Convencional, paacuteg. 33 e) Voluntario, paacuteg. 36 B) Sistemas de reciprocidad, paacuteg. 38 1. Reacutegimen general o de pago uacutenico, paacuteg. 39 a) Características del reacutegimen general de reciprocidad, paacuteg. 40 a.1) Coacutemputo mixto, paacuteg. 40 a.2) Pago uacutenico, paacuteg. 41 a.3) Transferencia de aportes, paacuteg. 42 2. Reacutegimen prorrata teacutempore, paacuteg. 43 3. Hacia la unificación del sistema nacional de reciprocidad jubilatoria, paacuteg. 44 CAPÍTULO II - ANTECEDENTES DE LA RECIPROCIDAD JUBILATORIA A) La reciprocidad jubilatoria en la Repuacuteblica Argentina, paacuteg. 47 1. Caja de Estado. Ley 4349, paacuteg. 49 2. Caja de Servicios Puacuteblicos. Ley 11.110, paacuteg. 50 3. Caja Ferroviaria. Ley 10.650. Decreto-ley 14.534 / 44, paacuteg. 50 4. Caja de Bancarios. Ley 11.575, paacuteg. 51 Caracteriacutestica comuacuten en estos regiacutemenes: beneficio uacutenico, paacuteg. 53 5. Caja de Periodistas. Decreto-ley 14.535 / 44, paacuteg. 54 6. Caja de Navegacioacuten. Ley 12.612, paacuteg. 54 7. Caja de Comercio. Decreto-ley 31.665 / 44, paacuteg. 54 8. El decreto-ley 9316/46, paacuteg. 55 9. Resolucioacuten SSS 363/81, paacuteg. 57 10. Ley 25.629, paacuteg. 59 B) La reciprocidad jubilatoria en Ameacuterica Latina y en Europa, paacuteg. 60 1. El caso de la Repuacuteblica Oriental del Uruguay, paacuteg. 60 2. El caso de Espantildea, paacuteg. CAPÍTULO III - ASPECTOS CONSTITUCIONALES A) La reciprocidad jubilatoria y la Constitucioacuten Nacional, paacuteg. 68 B) La reciprocidad jubilatoria y las Constituciones provinciales, paacuteg. 74 C) Armoniacutea de facultades, paacuteg. 76 D) El reacutegimen de reciprocidad como estatuto federal, paacuteg. 77 SEGUNDA PARTE - REGIacuteMENES DE RECIPROCIDAD JUBILATORIA CAPIACUTOULO IV - DECRETO-LEY 9316/46 A) Consideraciones que dieron origen al decreto 9316/46, paacuteg. 92 B) Reciprocidad originaria. Aacutembito de aplicacioacuten, paacuteg. 94 C) Servicios comprendidos: sucesivos y simultaacuteneos, paacuteg. 95 D) Servicios y remuneraciones con aportes, paacuteg. 96 E) Requisitos diferenciados, paacuteg. 98 F) Caja otorgante, paacuteg. 99 G) Caja reconocedora, paacuteg. 102 H) Ley aplicable, paacuteg. 102 I) Transferencia de aportes, paacuteg. 103 J) Situaciones especiales al momento de vigencia, paacuteg. 105 K) Incompatibilidad, paacuteg. 105 L) Otras disposiciones, paacuteg. 107 M) Expansividad del reacutegimen. Ampliacioacuten de su aacutembito de aplicacioacuten, paacuteg. 107 CAPÍTULO V - LA RESOLUCIOACUTÓN SSS 363/81 A) Las cajas profesionales, paacuteg. 111 B) Antecedentes, paacuteg. 114 C) Reacutegimen legal, paacuteg. 118 1. Objeto, paacuteg. 118 2. Servicios comprendidos, paacuteg. 118 3. Vigencia, paacuteg. 118 4. Caja participante y Caja otorgante, paacuteg. 118 5. Ley aplicable, paacuteg. 120 6. Procedimiento, paacuteg. 120 7. Distintos requisitos. Prorrata, paacuteg. 122 8. Determinacioacuten del haber, paacuteg. 123 9. Otras prestaciones, paacuteg. 124 10. Movilidad, paacuteg. 124 11. Acto administrativo de otorgamiento, paacuteg. 124 12. Transferencia del monto del haber, paacuteg. 124 13. Fecha inicial de pago, paacuteg. 125 14. Pluralidad de beneficios, paacuteg. 127 15. Controversias, denuncia del convenio, convenios preexistentes, exclusioacuten del reacutegimen general, paacuteg. 127 CAPIacuteTULO VI - LEY 25.629. CONVENIO 49/2005 A) Reacutegimen legal, paacuteg. 130 1. Objeto, paacuteg. 130 2. Definiciones, paacuteg. 130 3. Derecho a las prestaciones, paacuteg. 131 4. Reciprocidad internacional, paacuteg. 131 5. Prestacioacuten por vejez y pensioacuten derivada, paacuteg. 132 6. Prestacioacuten por invalidez y muerte, paacuteg. 137 7. Determinacioacuten de la incapacidad, paacuteg. 138 8. Recursos, paacuteg. 139 9. Incompatibilidades, paacuteg. 141 10. Disposiciones generales, paacuteg. 141 a) Inaplicabilidad del convenio, paacuteg. 141 b) Consideracioacuten de beneficios extraordinarios, paacuteg. 142 c) Doble beneficio, paacuteg. 143 d) Indivisibilidad de los coacutemputos, paacuteg. 143 e) Consideración de todos los servicios en caso de invalidez, paacuteg. 143 f) Ultraactividad de los convenios anteriores para los casos de fallecimientos anteriores a este convenio, paacuteg. 143 g) Prestaciones complementarias, paacuteg. 144 h) Extincioacuten del beneficio, paacuteg. 145 i) Responsabilidad exclusiva en el pago de mercaderías, paacuteg. 145 j) Haberes miacutenimos y maacuteximos, paacuteg. 145 k) Movilidad, paacuteg. 145 l) Modalidad de pago, paacuteg. 145 11. Comisioacuten Federal de Coordinacioacuten Previsional, paacuteg. 146 12. Alcance de la adhesión al convenio, paacuteg. 148 13. Vigencia del convenio, paacuteg. 148 14. Instrumentos de ratificacioacuten, paacuteg. 148 B) Consideraciones finales, paacuteg. 148 TERCERA PARTE - INTERNACIONALIDAD DE LA RECIPROCIDAD JUBILATORIA CAPIACUTO VII - LA RECIPROCIDAD JUBILATORIA INTERNACIONAL A) El Derecho Convencional Internacional de la Seguridad Social, paacuteg. 153 B) Los convenios suscritos por la Repuacuteblica Argentina, paacuteg. 155 I. Bilaterales, paacuteg. 156 1. Brasil, paacuteg. 156 2. Chile, paacuteg. 156 3. Colombia, paacuteg. 156 4. Espantildea, paacuteg. 157 5. Meacutexico, paacuteg. 157 6. Perúacute, paacuteg. 157 7. Portugal, paacuteg. 157 8. Uruguay, paacuteg. 158 9. Grecia, paacuteg. 158 10. Italia, paacuteg. 158 II. Multilaterales, paacuteg. 158 1. Iberoameacuterica, paacuteg. 158 2. Mercosur, paacuteg. 158 C) Otros contextos internacionales de reciprocidad jubilatoria. Pacto Constitutivo de la Unioacuten Europea, paacuteg. 159 D) Principales caracteristicas teacutecnicas de los convenios internacionales, paacuteg. 160 1. Definiciones y disposiciones generales, paacuteg. 161 a) Autoridades competentes. Organismos de enlace, paacuteg. 161 b) Entidades gestoras, paacuteg. 161 c) Trabajadores, paacuteg. 161 d) Causahabientes o beneficiarios, paacuteg. 161 e) Periacuteodos de seguro, paacuteg. 161 f) Residentes permanentes, paacuteg. 162 g) Residentes temporarios, paacuteg. 162 h) Legislacioacuten, paacuteg. 162 i) Prestacioacuten, paacuteg. 162 j) Denominacioacuten habitual legal, paacuteg. 162 2. Aacutembito de aplicación material, paacuteg. 162 3. Aacutembito de aplicacioacuten personal, paacuteg. 162 4. Disposiciones de legislacioacuten aplicable, paacuteg. 163 5. Caacutelculo del haber, paacuteg. 163 6. Modalidad de pago, paacuteg. 163 a) Intangibilidad, paacuteg. 163 b) Extraterritorialidad, paacuteg. 163 CUARTA PARTE - ESTATUTO FEDERAL Y CODIFICACIOACUTEN CAPIACUTULO VIII - LA CODIFICACIOACUTA DE LA RECIPROCIDAD JUBILATORIA A) La reciprocidad y la codificacioacuten, paacuteg. 167 B) Lineamientos para la codificación de la reciprocidad jubilatoria, paacuteg. 178 1. Prorrata teacutempore, paacuteg. 179 2. Coacutemputo reciacuteproco, paacuteg. 180 3. Caja otorgante, paacuteg. 181 4. Prestaciones incluidas, paacuteg. 182 5. Unificacioacuten de requisitos baacutesicos, paacuteg. 183 6. Beneficios extraordinarios, paacuteg. 184 7. Pluralidad de beneficios, paacuteg. 184 8. Compatibilidad limitada, paacuteg. 185 9. Reciprocidad internacional, paacuteg. 186 10. Pago unificado, paacuteg. 187 11. Oacutergano de contralor, paacuteg. 187 12. Aspectos jurisdiccionales, paacuteg. 188 a) El capítuo general del codificacioacuten, paacuteg. 188 b) Capiacutetulo especial sobre la reciprocidad jubilatoria, paacuteg. 189 13. Participacioacuten de los interesados, paacuteg. 189 Bibliografiacutea, paacuteg. 191

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